+0 - 0  por /0 comentarios

Luis Omar Hernández se pierde los dos juegos finales por sanción.

Información: UNAFUT

Un precio alto deberá pagar el jugador del Club Sport Herediano, Luis Omar Hernández, quien recibió dos juegos de sanción por parte del nuevo Tribunal Disciplinario de UNAFUT, tras la expulsión del pasado miércoles, en la semifinal vuelta ante Belén FC.

 

Hernández, se perderá tanto el juego de ida y vuelta de la final del Campeonato Banco Popular Verano 2016, ante Alajuelense, programados para este lunes y sábado respectivamente.

 

También se dieron a conocer las sanciones de los belemitas expulsados en el juego de vuelta ante los florenses, José Carlos Chan y Jorge Ramírez, quienes deberán cumplir sus castigos en el inicio de la próxima temporada.

 

Por otra parte, el Estadio Ricardo Saprissa fue vetado por un partido, al ser la segunda vez en el campeonato en que permiten el ingreso material pirotécnico, además, pagar un total de 1.450.000 colones por lanzamiento de objetos, incumplimiento de zonas amarillas, entre otros.

 

A continuación, el detalle de las sanciones:

 

CS. HEREDIANO

 

Luis Omar Hernández Hernández (jugador)

Dos partidos de suspensión y una multa de ¢75.000.00 (SETENTA Y CINCO MIL COLONES), por golpear de cualquier manera mediante el juego brusco grave, especialmente mediante el empleo desmesurado de la fuerza o juego brutal o violento, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 37 inciso c), del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2015-2016.

 

Miguel Segura Vargas (preparador de porteros)

Un partido de suspensión y una multa de ¢50.000.00 (CINCUENTA MIL COLONES), por ingresar o abandonar el terreno de juego sin la autorización del árbitro, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 36 inciso d), del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2015-2016.

 

Al equipo

Una multa de ¢200.000.00 (DOS MIL COLONES), por el lanzamiento de objetos al terreno de juego que por sus características puedan causar una lesión, aun cuando no hayan contactado estos con ninguno de los actores enumerados en el artículo 3 del presente reglamento incluyendo los árbitros, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 67, punto 2 del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

 

Una multa de ¢200.000.00 (DOSCIENTOS MIL COLONES), por incumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento de Competición sobre el desalojo y respeto de las zonas amarillas y de seguridad en cada uno de los estadios a efecto de garantizar el libre tránsito en esos espacios, siendo ésta la tercera vez, de conformidad con el artículo 65 inciso d), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016. La primera vez en la jornada #14, el día 11/03/2016 y la segunda en la jornada 18, el día 09/04/2016.

 

Una multa de ¢100.000.00 (CIEN MIL COLONES), por no tomar las medidas necesarias de seguridad que impidan o permitan en sus estadios el expendio o ingreso de artículos no permitidos en un estadio, como, por ejemplo, pero no limitados a: f) artículos de vidrio, punzo-cortantes o contundentes, de conformidad con el artículo 55 punto 3, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

 

BELÉN FC

 

José Carlos Chan Moreno (jugador)

Dos partidos de suspensión y una multa de ¢75.000.00 (SETENTA Y CINCO MIL COLONES), por golpear de cualquier manera mediante el juego brusco grave, especialmente mediante el empleo desmesurado de la fuerza o juego brutal o violento, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 37 inciso c), del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2015-2016.

 

Jorge Ramírez Villalobos (jugador)

Un partido de suspensión y una multa de ¢50.000.00 (CINCUENTA MIL COLONES), por acumulación de dos tarjetas amarillas en el mismo partido, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento Disciplinario de UNAFUT 2015-2016.

 

DEP. SAPRISSA

 

Al equipo

Una multa de ¢200.000.00 (DOS MIL COLONES), por el lanzamiento de objetos al terreno de juego que por sus características puedan causar una lesión, aun cuando no hayan contactado estos con ninguno de los actores enumerados en el artículo 3 del presente reglamento incluyendo los árbitros, siendo ésta la primera vez, de conformidad con el artículo 67, punto 2 del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016.

 

Una multa de ¢150.000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL COLONES), por no tomar las medidas necesarias de seguridad que impidan o permitan en sus estadios el expendio o ingreso de artículos no permitidos en un estadio, como por ejemplo pero no limitados a: c) pancartas, mantas o banderas que superen los 2 metros por 1,5 metros de tamaño, siendo ésta la segunda vez, de conformidad con el artículo 55, punto tres, inciso c) del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015 2016.La  vez primera en la jornada 20, el día 17/04/2016.

 

Una multa de ¢150.000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL COLONES), por el ingreso al estadio de latas pulverizadas que contengan gas, sustancias corrosivas o inflamables, tintes o recipientes conteniendo sustancias dañinas para la salud o altamente inflamables o todo tipo de objetos que produzcan fuego, siendo ésta la segunda vez, de conformidad con el artículo 55 punto 3 inciso e), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015. La vez primera en la jornada 20 el día 17/04/2016.

 

Una multa de ¢200.000.00 (DOSCIENTOS MIL COLONES), por incumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento de Competición sobre el desalojo y respeto de las zonas amarillas y de seguridad en cada uno de los estadios a efecto de garantizar el libre tránsito en esos espacios, siendo ésta la tercera vez, de conformidad con el artículo 65 inciso d), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT. La primera vez en la jornada #8, el día 08/02/2016 y la segunda vez en la jornada #20, el día 17/04/2016.

 

Una multa de ¢750.000.00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL COLONES), por permitir que se pusiera en riesgo la seguridad de las personas por no tomar las medidas necesarias que impidan o permitan en sus estadios el ingreso, la venta, expendio o propagación de material pirotécnico, pólvora, o cualquier material inflamable que cause o pueda causar riesgo de incendio o conflagración invasiva, siendo ésta la segunda vez, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015 2016.La primera vez en la jornada #08, el día 17/02/2016.

 

Además de la sanción anterior se aplica el VETO  DE USO DE CANCHA, de un partido al equipo D. SAPRISSA, de conformidad con el artículo 64 párrafo dos, del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015 2016

 

LD. ALAJUELENSE

 

Al equipo

Una multa de ¢75.000.00 (SETENTA Y CINCO MIL COLONES), por ingresar tarde al terreno de juego, siendo esta la primera reincidencia, de conformidad con el Artículo 33 inciso a), del Reglamento Disciplinario de la UNAFUT 2015-2016. La primera vez en la jornada #9, el día 21/02/2016.

+ 0 - 0