+0 - 0  por /0 comentarios

52 propiedades invaden zona protegida de Quebrada Pato Azul

Un total de 52 propiedades, entre las
que figuran casas de habitación en su mayoría, se encuentran invadiendo el Area
Protegida de la Quebrada Pato Azul en el cantón de La Unión, Cartago.
En el lugar se han desarrollado construcciones ilegales dentro de la zona
reservada de 1400 metros lineales donde se han levantado residencias o
ampliaciones de vivienda obras que en su mayoría se llevaron a cabo sin los
respectivos permisos municipales.
Walter Brenes, Socio-Director del Bufete Energy Law Firm (ELAWF), indicó que la
invasión del Area Protegida ha ocasionado “enormes problemas” de
contaminación en el cauce de la Quebrada que se desborda con motivo de las
lluvias durante la época de invierno.
“Hemos tomado las acciones legales correspondientes para que la Procuraduría
General de la República interponga las demandas necesarias para recuperar esa
zona que es de dominio público”, manifestó Brenes.
El Socio-Director de ELAWF destacó que la zona de protección de la Quebrada
tiene un área aproximada de 1400 metros lineales donde está completamente
prohibido desarrollar cualquier tipo de obra; sin embargo, en el sitio se levantó un
súper mercado de casi 3 mil metros cuadrados.
Según el artículo 33 de la Ley Forestal Nº 7575 “Las áreas que bordeen nacientes
permanentes, definidas en un radio de cien metros medidos de modo horizontal. …
Las áreas de recarga y los acuíferos de los manantiales, cuyos límites serán
determinados por los órganos competentes establecidos en el reglamento de esta
ley”.

En junio del año pasado mediante la resolución número 2019011762 de un
recurso de amparo Sala Constitucional en un recurso de amparo le ordenó a la
Municipalidad de La Unión “brindar una solución definitiva al problema de
contaminación producido por los vecinos de la quebrada Pato Azul” y; además,
exigió “tomar las acciones pertinentes para recuperar el área de protección de la
quebrada Pato Azul”.
Regaño de la Sala IV
La sentencia de la Sala concedió un plazo de 12 meses para que el gobierno local,
junto con el Ministerio de Salud, procediera a tomar las medidas adecuadas para
liberar de la contaminación a la Quebrada que octubre pasado se desbordó y puso
en peligro unas 40 viviendas y sus habitantes.
“Para este Tribunal resulta inaceptable que tengan conocimiento (el municipio) no
solamente de la presunta invasión del área de protección de la quebrada, sino
también de la contaminación producida por los vecinos, que además constituye un
problema de salud pública, que afecta al recurrente y a esa comunidad, sin que
hayan coadyuvado con el Ministerio de Salud para buscar una solución definitiva a
dicho problema”, señalaron los magistrados.
Brenes añadió que las construcciones que invaden la zona pública inalienable han
ocasionado severos problemas ambientales como descarga de aguas residuales,
lanzamiento de todo tipo de residuos sólidos como artefactos electrodomésticos,
madera, mobiliario y chatarra, entre otros.
Los magistrados del Tribunal Constitucional establecieron que la contaminación en
la Quebrada “vulnera los derechos fundamentales de los habitantes de la
comunidad, en detrimento de los derechos a la salud y a un ambiente libre de
contaminación del amparado y los vecinos de la zona. Por lo expuesto, el amparo
también resulta procedente en cuanto a la Municipalidad de la Unión”.

+ 0 - 0