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Alcaldía y Concejo Municipal de Río Cuarto deberán elegirse democráticamente en 2020

Desde junio de 2017 el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) viene trabajando en diferentes talleres informativos con autoridades locales y sociedad civil en los que ya se evacuaron las dudas planteadas en los últimos días por diferentes actores locales en medios de comunicación nacional sobre un supuesto vacío legal en la Ley 9440 de creación del cantón.
Si bien es cierto esta Ley es omisa en varios aspectos, existe legislación como el Código Electoral, Código Municipal y jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) que fueron analizadas durante las sesiones de trabajo en las que se aclararon estas y otras dudas sobre los procesos de conformación de la Municipalidad y Concejo Municipal de Río Cuarto, así como la transición de la Hacienda Municipal por parte de la Municipalidad de Grecia.
Con el propósito de continuar con la línea abierta y transparente del proceso de conformación de este cantón, el equipo técnico de IFAM responde ante las posibles dudas que puedan surgir:
¿Cuál es el estado actual del cantón de Río Cuarto de Alajuela?
Según lo establece la Ley 9440 publicada el pasado 20 de abril de 2018 en el Diario Oficial La Gaceta, se crea el cantón de Rio Cuarto, el cual será el numero XVI de la provincia de Alajuela. Aunque esta Ley haya sido publicada y esté vigente, aún no es efectiva dado que no se ha conformado la Municipalidad ni se han realizado las elecciones municipales lo cual sucederá en 2020 como en los restantes 81 cantones.
IFAM inició los acercamientos con los vecinos de Río Cuarto en junio de 2017, desde esa fecha ya se han realizados dos talleres informativos en los que se evacuaron las dudas planteadas.
Este jueves 3 de mayo inició la segunda ronda de talleres informativos, que se extenderán hasta el próximo viernes 15 de junio, serán doce sesiones de trabajo en las localidades de Río Cuarto, Santa Isabel, Santa Rita, San Rafael, Colonia y La Tabla, y se cuenta con la colaboración de la Universidad Nacional.
¿Cuándo se elegirán a las autoridades municipales del cantón?
Mediante oficio DGRE-259-2017, el TSE aclaró que las autoridades municipales correspondientes a la alcaldía, regidores y síndicos serán elegidos mediante elección popular en febrero del 2020.
Los artículos 12 del Código Municipal y 169 de la Constitución Política, indican que el Gobierno Municipal estará compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo e integrado por los regidores que determine la ley, además por un alcalde y su respectivo suplente, todos de elección popular.
¿Pueden los síndicos del distrito Río Cuarto asumir como Concejo Municipal?
No. Según el Artículo 12 del Código Municipal, “El gobierno municipal estará compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo e integrado por los regidores que determine la ley, además, por un alcalde y su respectivo suplente, todos de elección popular”, procesos que aún no se han realizado en Río Cuarto.
El TSE mediante el oficio DGRE-255-2017 indica: “el Concejo de Distrito, bajo ninguna interpretación jurídica puede convertirse en Concejo Municipal, ya que sus designaciones son completamente diferentes y dada su naturaleza, los Consejos de Distrito no podrían llegar a sustituir las Municipalidades”.
También el TSE se pronunció mediante oficio DGRE-259-2017, el TSE indicó que “…hasta la celebración de las próximas Elecciones Municipales, a verificarse en el mes de febrero de 2020, podrán elegirse los puestos de elección popular correspondientes al recién creado cantón de Río Cuarto, como sucederá en el caso de los restantes 81 cantones del país”.
Además agrega, “…por lo anteriormente expuesto, la representación administrativa de los habitantes de Río Cuarto continuará en las personas que resultaron electas en el proceso electoral municipal del año 2016, es decir, con el concejo municipal del distrito de Río Cuarto de Alajuela y su respectivo síndico, propietario y suplente, siendo que el artículo 14 del Código Municipal establece que el periodo de elección de estos cargos es de cuatro años, de manera que actualmente sus designaciones resultan válidas y eficazmente competentes para ejercer sus funciones hasta la próxima elección nacional de autoridades a nivel de gobierno local”.
¿Pueden adelantarse las elecciones municipales para el cantón de Río Cuarto?
No. El Código Municipal establece en su artículo 14 que todos los cargos de elección popular a nivel municipal que contemple el ordenamiento jurídico serán elegidos popularmente, por medio de elecciones generales que se realizarán el primer domingo de febrero, dos años después de las elecciones nacionales.
Solamente con un cambio en la Ley se podrían adelantar las elecciones municipales en Río Cuarto.
¿Cuándo se instalará la nueva municipalidad de Río Cuarto?
El artículo 2 del Código Municipal indica que “La municipalidad es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad y capacidad jurídica plena para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines”.
En relación con la terminología; la “Municipalidad” es el ente, no el cuerpo deliberante, que es el Concejo Municipal, pues usualmente ambos se confunden. La Municipalidad está constituida por toda su organización, la que incluye además del Concejo, la Alcaldía, auditor, contador, tesorero, secretario, y todas aquellas dependencias y cargos necesarios para la óptima gestión municipal y en el caso de los Concejos Municipales de Distrito el Intendente y los Concejales de Distrito.
La nueva Municipalidad de Río Cuarto, así como los puestos de elección popular (alcaldía, regidores, síndicos y concejales) se instalarán en 2020, posterior a las elecciones municipales de febrero de ese mismo año.
Sobre la conformación del Concejo Municipal, “el artículo 29 del Código Municipal, establece que los regidores y síndicos tomarán posesión de sus cargos el primer día del tercer mes posterior a la elección correspondiente y que es el Tribunal Supremo de Elecciones el único ente autorizado para extender las credenciales respectivas”.
IFAM apoyará en todo el proceso de estructuración organizacional de la nueva Municipalidad; esto implica el diseño de los manuales de procedimientos, creación de los reglamentos de procesos, selección y reclutamiento de las nuevas plazas y posteriormente la capacitación a funcionarios y autoridades municipales en los diferentes roles que deberán desempeñar en este nuevo Gobierno local.
¿Cuál es el rol de la Municipalidad de Grecia en este proceso de transición?
En una sesión de trabajo realizada en junio de 2017, en la que participaron el presidente Henry Alfaro Rojas y el vicepresidente Carlos Andrés Rodríguez Arce, del Concejo Municipal de Grecia, indicaron que acompañarán a la nueva municipalidad de Río Cuarto (cuando esta sea establecida) en el traslado de los datos de ingresos, patentes, permisos de construcción, usos del suelo y otros, así como en el traslado de experiencias de lo que ha sido la gestión municipal en ese territorio.
¿Cuál es el rol del IFAM y MIDEPLAN en el proceso de creación de las municipalidades?
MIDEPLAN e IFAM, son las instituciones responsables de apoyar la instalación de este cantón, por lo que desde junio de 2017 iniciaron un proceso, junto con la Comisión de Enlace, en el cual se debe establecer una estructura municipal; programar capacitaciones a los nuevos funcionarios municipales; definir el proceso de traslado de información de patentes, catastro y otros, de la municipalidad de Grecia, al nuevo ayuntamiento y la elaboración de instrumentos de planificación.
En cuanto a MIDEPLAN acompañará en el proceso de generación del Plan Cantonal de Desarrollo Humano Local (PCDHL) y el Plan Estratégico Municipal, a través del financiamiento del Fondo de pre-inversión; estos instrumentos de planificación constituyen una herramienta para el futuro gobierno local.
Por su parte, el IFAM en su rol de aliado estratégico de Río Cuarto, apoyará en todo el proceso de estructuración organizacional de la nueva Municipalidad; esto implica el diseño de los manuales de procedimientos, creación de los reglamentos de procesos, selección y reclutamiento de las nuevas plazas y posteriormente la capacitación a funcionarios y autoridades municipales en los diferentes roles que deberán desempeñar en este nuevo Gobierno local.
¿Deben los vecinos de Río Cuarto seguir pagando sus impuestos?
Es criterio de IFAM que los vecinos y vecinas de Río Cuarto deben seguir cumpliendo sus responsabilidades tributarias con la Municipalidad de Grecia, dado que esta entidad aún es responsable administrativamente hasta que no se instale un nuevo gobierno local y su respectiva municipalidad, lo cual sucederá en 2020.
¿Cuál será la cabecera del cantón de Río Cuarto?
Según el artículo 2 de la Ley 9440, la cabecera del cantón será definida mediante consulta popular que se realizará en los mismos comicios en los que se elijan las autoridades municipales del cantón.
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