
MAG aclara que excepciones de restricción vehicular cubren a personas productoras que se desplazan hacia sus fincas y a los trabajadores independientes del sector agropecuario
El Ministerio de Agricultura y Ganadería aclara que también las personas productoras o trabajadoras del Sector Agropecuario, que califiquen como trabajadores independientes, gozan del beneficio de excepción de las restricciones vehiculares establecidas para la contención del COVID-19.
Los casos excepcionales que están contemplados en el Decreto N° 42285-MP-MOPT-S del 24 de marzo de 2020 y su reforma Decreto N°42294 del 11 de abril de 2020, para la restricción vehicular nocturna, así como con el Decreto N°42295-MOPT- S, para la restricción vehicular diurna, en todo el territorio costarricense, están en la obligación de acreditar o demostrar la invocación de la excepción correspondiente.
Para ello el MAG, en coordinación con Policía de Tránsito y Presidencia, prepararon documento machote para los casos de personas productoras y trabajadores independientes del sector agropecuario, que requieran desplazarse en las franjas horarias correspondientes a las restricciones vehiculares.
Tendrán tiempo para cumplir con las nuevas condiciones de los requisitos, constancia laboral o documento de respaldo, hasta las 7 de la noche de este miércoles 15 de abril, hora en que se hará obligatoria la presentación de la constancia de acuerdo con el formato que se adjunta a este comunicado.
El MAG reitera el llamado a las personas productoras para que limiten la movilización a las situaciones estrictamente relacionadas con la producción, de manera que minimicen al máximo el riesgo de contagio de sus colaboradores y de sus familias. Además, llama la
atención sobre la importancia de cumplir con los lineamientos sanitarios girados por el Ministerio de Salud para contener la propagación del COVID-19.