
Nombramiento de Melvin Jiménez como Ministro de la Presidencia no es inconstitucional, dice Sala IV
Melvin Jiménez seguirá siendo Ministro de la Presidencia luego de que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declarara sin lugar, el recurso de inconstitucionalidad presentado por varias personas debido al nombramiento del Presidente a Jiménez en ese ministerio.
Según la argumentación del voto de la Sala IV, el artículo 142, inciso 3 de la Constitución Política relativo a que los ministros de gobierno deben ser del estado seglar, solo se aplica para la religión católica, apostólica y romana debido a razones históricas y constitucionales.
La acción de inconstitucionalidad, tramitada con el número de expediente 14–009379–0007-CO, fue declarada sin lugar, por mayoría, en la sesión de votación de hoy miércoles 12 de noviembre. Salvaron su voto y consideraron nulo el nombramiento la Magistrada Hernández López y el Magistrado Salazar Alvarado. El Magistrado Rueda Leal declaró la acción inadmisible.
Los magistrados también tomaron en cuenta que la prohibición es una violación al derecho contemplado en el artículo 23 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, que permite participar en la dirección de asuntos públicos o de acceder a las funciones públicas en condición de igualdad.
La Magistrada Hernández López salvó su voto porque según ella, «a pesar de las múltiples versiones dadas en distintos sentidos, queda comprobado fuera de toda duda que el Ministro Jiménez Marín no pertenece al Estado Seglar».