
Sala IV ordena a Hospital Calderón Guardia dar tratamiento con yodo radioactivo a tres pacientes
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró hoy con lugar tres recursos de amparo presentados por pacientes a los que se les estaba negando el tratamiento con yodo 131 en el Hospital Calderón Guardia.
Mediante las sentencias 19300-2014 de las 09:05 horas, 19356-2014 de las 10:00 horas y 19357-2014 de las 10:01 horas, todas de hoy miércoles, los magistrados de la Sala IV declararon con lugar los tres recursos de amparo.
La justificación que dio el centro médico fue que debido a deficiencias en el Servicio de Medicina Nuclear (estructura física, recurso humano y procedimientos), no era posible darles el tratamiento con yodo radioactivo que otros médicos le recetaron a esos pacientes.
Los magistrados de la Sala IV consideran que dicha omisión viola flagrantemente los principios de eficacia, eficiencia, continuidad y regularidad de los servicios públicos, y especialmente el derecho fundamental a la salud y vida de las personas.
El Ministerio de Salud deberá poner en orden lo estipulado por una orden sanitaria girada en setiembre del 2014 además de ejecutar las acciones necesarias para que las personas que presentaron el recurso, tengan el tratamiento establecido en un plazo establecido por su cáncer de tiroides.