
Sala IV ordena contratar a cocinera para CEN-CINAI en San Vito de Coto Brus
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un recurso de amparo presentado por una funcionaria del CEN-CINAI de San Vito de Coto Brus debido a que el mismo no cuenta a la fecha con una persona encargada de confeccionar los alimentos para los niños que ahí se atienden.
Los magistrados ordenaron contratar en un máximo de ocho días hábiles a partir de la notificación de la sentencia a una persona que prepare la alimentación de los 35 niños y niñas menores de 13 años y el de 5 madres gestantes o lactantes, las cuales son atendidos diariamente en ese CEN-CINAI.
Anteriormente, la Sala se había pronunciado mediante la sentencia 2014-016585, la Sala afirma que los programas estatales de CEN y CINAI forman parte esencial de la “cláusula social” del Estado de Derecho, y que por ende, su funcionamiento normal y ordinario es de vital importancia y trascendencia para el derecho al mínimo vital y a la alimentación de la población materno-infantil en condición de vulnerabilidad social.
La Sala declaró con lugar el recurso y ordenó a Gabriela Castro Páez, en su condición de Directora Nacional de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y Centros Infantiles de Atención Integral, o a quien en su lugar ejerza el cargo, que de inmediato realice todas las acciones necesarias.
La Sala estuvo integrada por el magistrado Armijo Sancho quien presidió y los magistrados Jinesta Lobo, Cruz Castro, Castillo Víquez, Rueda Leal como ponente, Hernández López y Salazar Alvarado.