
Tribunal ambiental administrativo establece medidas para realización de audiencias
El Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) aplicará a partir de mayo una serie de medidas en relación con la realización de Audiencias Orales y Públicas, en atención a la realidad mundial provocada por el COVID -19, así como lo señalado por el Decreto Ejecutivo N° 42227-MP-S mediante el cual se declara Estado de Emergencia Nacional en el territorio de la República de Costa Rica debido a la situación por la emergencia sanitaria.
Según explicó Maricé Navarro, Presidenta del TAA, a partir de mayo se aplicará un protocolo de atención de Audiencias Parales y Públicas, para lo cual también ya se realizaron una serie de cambios a nivel de rotulación y reasignación de espacios dentro de las instalaciones, de acuerdo a los lineamientos del Ministerio de Salud.
Medidas:
1. Se manejará una ficha electrónica que deberá ser remitida a cada juez, con el fin de poder conocer el número de personas convocadas y proceder a la correcta colocación de las personas en la sala de audiencias.
2. Si en los expedientes se cita a dos o más testigos, se realizará una resolución indicando la hora específica en la que deberá comparecer cada uno.
3. Se solicita puntualidad, tanto de las partes como de la judicatura, en razón de proceder conforme a horario a la realización de la audiencia
4. Las partes, los testigos y/o peritos que se presenten a la audiencia solamente mostrarán su cédula de identidad, con el fin de no manipular más documentos.
5. Una vez identificadas las partes, se ubicarán de forma inmediata en el lugar correspondiente de la Sala de Audiencias
6. Los jueces ingresaran una vez que las partes se encuentren en sus respectivos lugares en la Sala de Audiencias.
7. Previo a iniciar la audiencia se verificará si alguna de las partes o varias aportan testigos, de ser así será el primer punto a ser atendido.
8. En las audiencias se proyectará el expediente en formato digital en la pantalla de la Sala de Audiencias, así todas las partes tendrán acceso al mismo y se evitará que se acerquen constantemente al estrado a revisar el expediente.
Medidas sanitarias que se deben cuidar antes y después de la Audiencia
· Cualquier persona que posea algún síntoma respiratorio o cualquier enfermedad, deberá abstenerse de presentarse a participar de la diligencia informándolo de manera oportuna y así proceder como en derecho corresponda.
· Según la capacidad del espacio destinado a público de la Sala de Audiencias, se limitará al 50% de la capacidad la asistencia del mismo a las audiencias orales y públicas, en cumplimiento de los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud.
· Evitar saludos que impliquen contacto o cercanía, como lo ha establecido el Ministerio de Salud.
· Evitar, conversar con los participantes de la diligencia.
· Utilizar el protocolo de estornudo y tos emitidos por el Ministerio de Salud (anexos).
· El lavado de manos con agua y jabón deberá realizarse periódicamente siguiendo el protocolo establecido para ello.
· La Sala de Audiencias se desinfectará antes y después de cada audiencia oral y pública.